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El gobierno debe regular la reventa callejera de minutos

http://www.caracol.com.co/nota.aspx?id=466355 

El gobierno debe regular la reventa callejera de minutos a través de teléfonos celulares. Caracol | Agosto 13-07.

 

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al gobierno nacional y a los operadores de telefonía fija y móvil que estudien la posibilidad de regular la reventa de minutos a través de teléfonos celulares.

Por medio del fallo de una Acción Popular, los magistrados sentenciaron que "la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones debe regular el mercado de la reventa de minutos, atendiendo a que la práctica callejera no solo afecta a los operadores móviles, a los fijos, sino a los propios usuarios en el costo de las llamadas".

En ese sentido, indica la sentencia, la CRT tiene que analizar junto con los operadores de telefonía móvil y los de telefonía pública básica conmutada, la posibilidad de la comercialización de las llamadas móviles mediante el sistema de reventa de minutos.

El fallo agregó que la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones es la encargada de implementar el sistema de comercialización que convengan con las empresas de telefonía.   En la misma sentencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca señala que la CRT sí es competente para regular las tarifas de las llamadas desde un teléfono fijo hacia un teléfono celular.

El gobierno afirma que ya están trabajando para regular reventa de minutos de celular

La ministra de Comunicaciones, María Rosario Guerra, afirmó que uno de los temas más importantes y debatidos este año entre su cartera y los operadores de telefonía celular, ha sido el de la reventa de minutos en la calle, en respuesta al Tribunal de Cundinamarca que pide estudiar esta problemática.

Agregó que hoy está permitida esta actividad, cuando existe un contrato entre las empresas de celular y un tercero para comercializar minutos, como en las cabinas telefónicas, pero lo que tienen que definir es sobre esta actividad en la calle.

La ministra dijo que las cabinas telefónicas organizadas son las que más están sufriendo, porque pagan impuestos y arriendos.   La funcionaria le planteó a las operadoras de celulares dar unas condiciones favorables de minutos para las que están organizadas legalmente, como las cabinas, para que puedan competir legalmente, ya que en la calle se consiguen minutos a 150 pesos y las cabinas no los pueden ofrecer menos de 300 pesos.

La ministra María del Rosario Guerra afirmó que la decisión del tribunal lo que hace es exigir de manera expresa que la CRT actué en materia regulatoria.

Texto de la sentencia que da vía libre a operadores fijos para reclamar perjuicios a Comcel y Movistar

http://correo.ingeominas.gov.co/public/l_notifax/msg00449.html 

Texto de la sentencia que da vía libre a operadores fijos para reclamar perjuicios a Comcel y Movistar

Sentencia Tribunal Administrativo de Cundinamarca AP-01848 TAC-SEC4-EXP2007, 7/26/2007.Word 

Ante el sobrecosto en llamadas de fijo a móvil, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca precisó que la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, CRT, sí tiene competencia para regular las tarifas respectivas como los dispuso mediante la resolución 1296/05. Respecto a la supuesta competencia desleal de Comcel S.A. y Movistar frente a Telecom, ETB y Orbitel, la Sala dijo que la Superintendencia de Industria y Comercio es la encargada de resolver esta situación. Sin embargo, previno a los operadores móviles para que sus tarifas reflejen siempre el principio normativo que rige la prestación del servicio de “costos más una utilidad razonable”.                            A su vez ordenó a la CRT analizar junto con los operadores de telefonía móvil  y los de pública básica conmutada, la posibilidad de la comercialización de las llamadas móviles mediante el sistema de reventa de minutos, para así poder regular el sistema de comercialización en aras de una competencia equitativa.

 

Por otra parte, aclaró que Colombia Móvil no ha incurrido en ninguna práctica irregular.    Sostuvo el Tribunal que si bien ha dejado en manos del órgano competente la posibilidad de examinar si esa fue una conducta de abuso de la posición dominante del mercado, o de competencia desleal, basta con enfrentar las tarifas a partir del año 2003, para concluir que ello exige una explicación razonable que se ajuste a la época actual, dado que las mayores inversiones las hicieron los operadores móviles cuando irrumpieron el mercado. En procura de alcanzar un mercado competitivo, como otra orden a impartir a la CRT, la Sala estima que este órgano debe regular el mercado de la reventa de minutos, atendiendo a que la práctica callejera no sólo afecta a los operadores móviles, a los fijos, sino a los propios usuarios en el costo de las llamadas, puntualizó el Tribunal. MP Nelly Yolanda Villamizar. Tribunal Administrativo de Cundinamarca ? Sección Cuarta. Sentencia AP-01848. 26/07/07. 

Telefonía . “Venta de minutos no es un delito”

http://www.elpais.com.co/historico/ago032006/NAL/nal7.html

 

Telefonía .  “Venta de minutos no es un delito” .  Agosto 03 de 2006

Colprensa – Bucaramanga:  No son ciertas las versiones de prensa y de voceros políticos que aseguran que la ley 1032 de junio de 2006 penaliza como delito la venta de minutos a celular.  La precisión la hizo el viceministro de comunicaciones Germán González Reyes, al presentar una defensa de la Ley contra la 'piratería', recién sancionada por el Gobierno.

Al mismo tiempo despejó las dudas presentadas en distintos sectores del país en torno a su aplicación y frente a los delitos en los que procede, de manera especial en lo referido al tema de telecomunicaciones.

Sin embargo, en el ambiente hay preocupación, en especial en el gremio de vendedores de minutos, porque si bien la ley es ‘generosa’ con las 4.500 personas que en Bucaramanga tienen esta actividad como fuente de sus ingresos, también les pone una barrera para poder realizar el oficio, porque sin autorización no podrán hacerlo.

González Reyes, asegura que la venta de minutos no es ilegal, pero sí es delito la clonación de equipos, la falsificación de tarjetas, la prestación y comercialización de servicios de telecomunicaciones, sin el permiso del Ministerio, es decir, sin que medie una concesión y sin licencia.

Sin embargo, aclara, que para la validez de esta actividad, debe existir autorización del operador (Comcel, Movistar, Telecom, entre otros), y que son ellos quienes a través del contrato pueden sancionar a las personas que no lo cumplan a cabalidad.