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Sancionan a Avantel por una denuncia de Comcel y Movistar

Sancionan a Avantel por una denuncia de Comcel y Movistar

NOTICIAS A TENER EN CUENTA, CON RELACION A LA IMPORTANCIA DE DEFINIR EL REGIMEN DE COMERCIALIZACION DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES EN COLOMBIA.

FUENTE: http://rse.larepublica.com.co/archivos/TECNOLOGIA/2007-08-03/sancionan-a-avantel-por-una-denuncia-de-comcel-y-movistar_5688.php

Sancionan a Avantel por una denuncia de Comcel y Movistar

Bogotá.  El Ministerio de Comunicaciones sancionó con cien salarios mínimos al operador Avantel, luego de estudiar una denuncia conjunta entre Comcel y Telefónica Móviles (Movistar), por el uso indebido del acceso a las redes de telefonía. Aunque el caso se resolvió apenas hace unas semanas, los operadores lo presentaron ante el Ministerio en 2004, alegando que Avantel utilizó ilegalmente las rutas de larga distancia internacional entrante para enviar tráfico a los celulares, en vez de enviar el tráfico de llamadas por las redes legales, incumpliendo además los contratos existentes entre las empresas.

La sanción por 43 millones de pesos, en su momento fue apelada por Avantel, argumentando que algunas llamadas que salían desde los teléfonos de sus usuarios hacia los celulares, las había cursado mediante un operador de valor agregado y comercializador de minutos llamado Atila, partiendo de que esta compañía estaba legalmente constituida.

La empresa demandada también aseguró que es técnicamente imposible hacer seguimiento a la llamada realizada por sus usuarios, ya que al no existir interconexión directa con los móviles, debe acudir a redes de terceros. Y eso es precisamente lo que lleva buscando por varios años Avantel: tener interconexión directa desde sus redes trunking con los móviles. Incluso, un decreto de 2004, del mismo Ministerio, obliga a los celulares a interconectarse directamente con las redes de Avantel, pero en la práctica todavía no funciona.

Mientras eso no suceda, los trunking deben acudir a las redes de telefonía fija para llevar sus llamadas a los celulares. Estos últimos no están interesaos en conceder la interconexión porque a su juicio, Avantel quedaría con ventajas similares a las de los celulares, como un prefijo que identifique las líneas de sus usuarios, y tarifas similares a las de los móviles, sin haber pagado la concesión para pertenecer al mercado móvil.

Justamente por no existir interconexión directa entre las redes de Avantel y de los celulares, cuando una llamada surge de un usuario del primero hacia uno de los celulares, es imposible identificar el número de la persona que está llamando. Cuando la interconexión se dé y el prefijo 350 empiece a operar para Avantel, será posible que los usuarios de celulares sepan quién los está llamando desde un teléfono Avantel.

La denuncia apunta además a que hay llamadas provenientes del operador trunking en las que figura un número como si ésta viniera de un teléfono móvil de Colombia.

El Ministerio encontró que si bien Atila gozaba de un contrato con Avantel, no tenía ninguno con Comcel ni con Movistar (BellSouth para entonces), por lo que no podía comercializar minutos que terminaran en sus redes. Atila tenía solo un contrato con Tigo (Ola en ese momento) pero este no le permitía cursar el tráfico desde Avantel hacia ninguno de los tres operadores móviles.

En últimas, algunas llamadas originadas por usuarios de Avantel hacia los celulares entre septiembre del 2003 y abril del 2004 y entre junio y julio del mismo año, llegaron mediante redes de larga distancia internacional o mediante Colombia Móvil, cuando estas debían enrutarse por intermedio de una red de telefonía fija.

Según la decisión del Ministerio “el solo hecho de contratar a Atila S.A. para cursar las comunicaciones, significó una violación al régimen de telecomunicaciones”. Para la entidad, Avantel estaba en la obligación de corroborar si en efecto Atila estaba habilitada y tenía contratos con los operadores móviles para enrutar las llamadas. El Ministerio encontró que Atila le informó a la empresa demandada que no tenía contratos de terminación de tráfico de llamadas y que estaba en proceso de negociación con Telecom, ETB y Colombia Móvil.

En curso sanciones a los operadores celulares: Ayer la Superintendencia de Sociedades iba a anunciar la imposición de multas a Comcel y a Movistar, pero finalmente se retractó de informar pues las empresas no habían sido notificadas. El asunto llegó a esta entidad pues el superintendente de Industria y Comercio, Jairo Rubio Escobar se había declarado impedido en este proceso. La razón es que cuando la Superindustria abrió la investigación en 1999, él actuaba como abogado de Cellcaribe (hoy Comcel). El caso se abrió por presunto acuerdo entre la compañía con BellSouth (hoy Movistar) y otros operadores de la época para fijar tarifas, atentando contra el principio de competencia en el mercado.

De otro lado, en una acción popular que buscaba que se interviniera judicialmente la regulación de las tarifas de fijo a móvil, el Tribunal Superior de Cundinamarca falló ordenando a la CRT a que buscara la opción de reventa de minutos de celulares. La acción estaba basada en que los usuarios habían pagado excedentes de 1,8 billones de pesos y que operadores fijos habían dejado de percibir 3,2 billones de pesos.

Procuraduría destituyó a un concejal de Ocaña

http://www.procuraduria.gov.co/html/noticias_2005/noticias_374.htm

Procuraduría destituyó a un concejal de Ocaña y a ex presidente de esa corporación18 de INICIO > NOTICIAS > BOLETÍN 374marzo de 2009

Bogotá 10 de noviembre de 2005. La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años para ocupar cargos públicos al actual concejal de Ocaña Norte de Santander, y ex presidente la  misma corporación, Said Martínez Amaya, por irregularidades en el ejercicio de sus funciones.

Al señor Martínez Amaya, la Procuraduría Provincial de Ocaña, lo encontró responsable de haber adquirido 18 celulares en marzo de 2004 a nombre del cabildo municipal, algunos de los cuales fueron a parar a manos de particulares para la reventa de minutos.

 Para el Ministerio Público " esta plenamente demostrado, que el señor Said Martínez Amaya aprovechando la investidura de presidente del concejo municipal de Ocaña, realizó el contrato con la firma..., para la época de los hechos, usando el Nit del concejo municipal, lo que está plenamente demostrado con las pruebas allegadas; Además comprometiendo la responsabilidad única y exclusivamente del concejo municipal de esta localidad aunque a quienes se los hayan entregado lo hubiere pagado de su propio peculio, como también su respectivo consumo".

Considera la Procuraduría que siendo entonces esos abonados celulares propiedad exclusiva del concejo municipal de Ocaña, debe entenderse que debieron destinarse exclusivamente al uso de sus integrantes y para fines del servicio y no como al parecer se hizo, estando algunos de ellos en manos de personas ajenas a la corporación  y relacionados en aparte anterior e incluso destinados a una actividad irregular cual es la reventa de minutos, como así lo detectó el mismo operador y lo informo a la Procuraduría Provincial.

Con base en las pruebas que se allegaron, el cargo endilgado al señor Said Martínez Amaya, en su condición de Presidente del Concejo del municipio de Ocaña para la época de los hechos, el cargo no fue desvirtuado, pues se encuentra que probada la conducta que se le endilga y la cual merece reproche, teniendo en cuenta su jerarquía en la institución que representa, que le obliga a tener sumo cuidado y por ende a la observancia de la Ley.

El decomiso de celulares no es una nueva medida

http://www.mincomunicaciones.gov.co/mincom/src/index.jsp?page=./mods/contenido/noticia_user_view&id=220

El decomiso de celulares no es una nueva medida, Mincomunicaciones

Bogotá, 16 de junio de 2006. "El decomiso de celulares se ha venido dando desde el año 2003, en aplicación de las disposiciones previstas en la ley 418 de 1997, que consagró instrumentos para la búsqueda de convivencia y eficacia de la justicia." dijo la Ministra Martha Pinto de de Hart.

 

La citada ley fue prorrogada por la Ley 782 de 2002, que frente al tema de comercialización de minutos dispuso en el artículo 32, lo siguiente:

 

"Todos los equipos de comunicaciones que utilizan el espectro electromagnético son de uso personal e intransferible, excepto los equipos receptores de radiodifusión sonora y televisión.

 

Para la transferencia de derechos de uso de los equipos de comunicación relacionados en el párrafo anterior se requiere la autorización expresa y previa del concesionario o licenciatario que ofrece el servicio."


Todos los equipos de comunicaciones que utilizan el espectro electromagnético son de uso personal e intransferible, excepto los equipos receptores de radiodifusión sonora y televisión.

 

Para la transferencia de derechos de uso de los equipos de comunicación relacionados en el párrafo anterior se requiere la autorización expresa y previa del concesionario o licenciatario que ofrece el servicio."


En este orden de ideas, la Policía Nacional lidera el decomiso de celulares en el proceso de la reventa ilegal de minutos de telefonía móvil celular.


A su vez el Ministerio de Comunicaciones recibe los teléfonos celulares decomisados por la Policía nacional y adelanta el trámite pertinente frente a equipos decomisados.

 

"No obstante lo anterior, esta medida de decomiso no ha sido efectiva y sí ha ocasionado un desgaste administrativo significativo" según lo manifestó la Ministra de Comunicaciones, Martha Pinto de de Hart.


El Ministerio de Comunicaciones ha venido liderando una mesa de trabajo con FENALCO y operadores de telecomunicaciones, con el fin de implementar medidas efectivas, para lo cual se ha propuesto la implementación de sistemas que permitan realizar una confirmación en tiempo real de la autorización con que cuentan las líneas para comercializar el servicio de telefonía móvil.


"Este será un sistema que permitirá a la Policía determinar por medio de un sistema interactivo de voz y en tiempo real si las líneas que se encuentran operando cuentan o no con la autorización del Operador Móvil facilitando la labor de la Policía sin necesidad de recurrir a la verificación de documentos, que pueden ser reales o haber sido manipulados para burlar el control ejercido por las autoridades. "sostuvo la Ministra Martha Pinto

Adicionalmente, "los operadores están estudiando la viabilidad de adelantar procesos de comercialización a través de personas con discapacidad para darles nuevas opciones laborales sin desconocer las normas de espacio público". Concluyó Pinto de de Hart.