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Procuraduría destituyó a un concejal de Ocaña

http://www.procuraduria.gov.co/html/noticias_2005/noticias_374.htm

Procuraduría destituyó a un concejal de Ocaña y a ex presidente de esa corporación18 de INICIO > NOTICIAS > BOLETÍN 374marzo de 2009

Bogotá 10 de noviembre de 2005. La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años para ocupar cargos públicos al actual concejal de Ocaña Norte de Santander, y ex presidente la  misma corporación, Said Martínez Amaya, por irregularidades en el ejercicio de sus funciones.

Al señor Martínez Amaya, la Procuraduría Provincial de Ocaña, lo encontró responsable de haber adquirido 18 celulares en marzo de 2004 a nombre del cabildo municipal, algunos de los cuales fueron a parar a manos de particulares para la reventa de minutos.

 Para el Ministerio Público " esta plenamente demostrado, que el señor Said Martínez Amaya aprovechando la investidura de presidente del concejo municipal de Ocaña, realizó el contrato con la firma..., para la época de los hechos, usando el Nit del concejo municipal, lo que está plenamente demostrado con las pruebas allegadas; Además comprometiendo la responsabilidad única y exclusivamente del concejo municipal de esta localidad aunque a quienes se los hayan entregado lo hubiere pagado de su propio peculio, como también su respectivo consumo".

Considera la Procuraduría que siendo entonces esos abonados celulares propiedad exclusiva del concejo municipal de Ocaña, debe entenderse que debieron destinarse exclusivamente al uso de sus integrantes y para fines del servicio y no como al parecer se hizo, estando algunos de ellos en manos de personas ajenas a la corporación  y relacionados en aparte anterior e incluso destinados a una actividad irregular cual es la reventa de minutos, como así lo detectó el mismo operador y lo informo a la Procuraduría Provincial.

Con base en las pruebas que se allegaron, el cargo endilgado al señor Said Martínez Amaya, en su condición de Presidente del Concejo del municipio de Ocaña para la época de los hechos, el cargo no fue desvirtuado, pues se encuentra que probada la conducta que se le endilga y la cual merece reproche, teniendo en cuenta su jerarquía en la institución que representa, que le obliga a tener sumo cuidado y por ende a la observancia de la Ley.

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